Quimbaya · Quindío
Mi casa en Quimbaya
¿Es habitable? ¿Dónde vivo mientras tanto? ¿Hay subsidio?
QuimbayaEl barrio Grisales
Grisales quedó inhabitable. La verificación en el lugar fue contundente y así lo reportó la prensa regional: el sector ya no es habitable.
Y no murió nadie ahí. Unos alcanzaron a evacuar y otros no estaban en sus casas cuando tembló.
⚠️ Sobre el 90% hay dos versiones de la misma oficina, publicadas con cinco minutos de diferencia: la Gobernación del Quindío dijo el 12 que "las afectaciones en las viviendas alcanzan hasta el 90%" en un comunicado, y que "cerca del 90% de las viviendas resultaron destruidas" en otro. Afectadas hasta el 90% y 90% destruidas no son lo mismo, y no elegimos una.
Corrección nuestra: circulaba que Grisales tenía 600 familias damnificadas. Ninguna fuente atribuye ese número al barrio: el "casi 600" es el conteo del alcalde de viviendas destruidas en todo el municipio. No hay conteo de damnificados solo de Grisales.
La Gobernación y Camacol regional Quindío enviaron volquetas y maquinaria amarilla del gremio constructor para remover escombros.
Esto funciona igual en todo el país, no solo en Quimbaya.
El censo de tu alcaldía es el trámite que decide todo lo demás
No esperes un formulario del subsidio de arriendo: todavía no existe. Lo que sí existe, y es lo que manda, es el censo de tu municipio.
El Decreto 1171 del 11 de agosto, que declaró la situación de desastre nacional, define en su artículo 4 quién cuenta como damnificado: "aquellas que se encuentren en el Registro Único de Damnificados (RUD) elaborado por los entes territoriales y consolidado por la UNGRD". O sea: quedar en el censo de tu alcaldía es lo que te vuelve damnificado ante la ley, y de ahí sale cualquier ayuda que se defina después. Si no estás en el censo, no estás en la lista.
El decreto cubre Antioquia, Caldas, Cauca, Chocó, Quindío, Cundinamarca, Risaralda, Huila, Valle del Cauca, Tolima, Putumayo y Norte de Santander "y demás afectados", por 12 meses prorrogables, y creó la Subcuenta SISMO 2026 para manejar los recursos. Lo que NO hace es crear el subsidio: no le pone monto ni abre inscripciones.
El registro es gratis y se hace solo con tu alcaldía y su oficina de Gestión del Riesgo. Quien te ofrezca gestionarlo, adelantarte el turno o te pida plata o una foto de tu cédula, te está estafando. Dónde se registra cada municipio está en nuestra página de arriendo.
Buscar arriendo sin que te estafen
- Visita el inmueble antes de pagar cualquier cosa. Sin excepción, por urgente que sea.
- Nunca gires un depósito para apartar algo que no has visto en persona.
- Reúnete en un lugar público la primera vez, y ve acompañado si puedes.
- Desconfía del precio irresistible. En emergencia, la ganga es el anzuelo más común.
Y al revés, si ya tienes contrato: la ley te protege y conviene saber con qué. La Ley 820 de 2003 dice que el arriendo solo se puede reajustar una vez cada 12 meses y como máximo en el IPC del año anterior, y que para no renovar hay que avisarte con tres meses de anticipación. Un aumento en mitad del contrato, o un "desocupa la semana entrante" aprovechando la emergencia, no son legales. Eso se denuncia.
Y si alguien te presiona con que te va a subir el arriendo porque "todo el mundo está buscando", recuerda que el techo lo pone la ley, no la demanda.
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